Se Restituye El Titulo de “Heroica” a la Capital de la Provincia de Junin
                  DECRETO LEY Nº. 20686
  
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:


Que el antiguo “Pueblo de Reyes”, hoy Ciudad de Junín, capital de la Provincia del mismo nombre, sufrió con singular estoicismo los rigores de la Campaña de 1824, durante la Guerra de la Emancipación Nacional, recibiendo como única recompensa a la inmolación de sus indefensos habitantes y la patriótica participación de sus Montoneros, el título de “Heroica Villa de Junín”. Que le confiere el propio Libertador Bolívar mediante Decreto de 30 de Octubre de 1824;

Que al ser elevada la “Heroica Villa de Junín” a la categoría de Ciudad, por Ley Nº 9834, fue omitido el merecido título otorgado por el Decreto en referencia;

Que la conmemoración del Sesquicentenario de las Gloriosas Batalla de Junín y Ayacucho, es ocasión propicia para salvar dicha omisión, como homenaje a quienes lucharon por la libertad e independencia política de la patria:

En uso de sus facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.- Restituyese el título de “Heroica” a la capital de la provincia de Junín, que en adelante se denominará HEROICA CIUDAD DE JUNIN”

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y cuatro.

POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 06 de Agosto de 1974.


General de División EP. JUAN VELAZCO ALVARADO.
Presidente de la República, Ministro de Educación, General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, General de Brigada EP. PEDRO RITCHER PRADA, Ministro del Interior